¿Puede una persona con necesidades especiales recibir la investidura del templo?

necesidades especialoes

Pregunta

Soy padre de una hija con necesidades especiales y me gustaría saber si debería recibir sus investiduras. Tiene la capacidad mental y emocional de una persona de entre 4 y 8 años. Se bautizó a los 8 años y ahora tiene 22.

Respuesta

niña con sindrome de down

Se bautizó a los 8 años y ahora tiene 22. Imagen: Canva

Como un padre amoroso, estoy seguro de que esta pregunta es muy importante para ti y tu familia. La Iglesia proporciona la siguiente información con respecto a niños o adultos que tienen limitaciones o necesidades especiales. 

Los líderes del sacerdocio y los padres deben considerar el deseo de la persona que va a recibir dicha ordenanza salvadora.

Los líderes del sacerdocio y los padres también deben considerar si el adulto es digno. ¿Si esa persona en verdad desea la ordenanza? ¿Si comprenden realmente la responsabilidad que conlleva, la ordenanza y el convenio que recibirá?

padre mirando a los cielos con su hija

Estas personas no están obligados a recibir ninguna ordenanza del templo. Imagen: Canva

El Manual General de La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días expresa lo siguiente:

“Los miembros que tengan una discapacidad intelectual pueden recibir su propia investidura si:

    • Han recibido todas las ordenanzas previas necesarias (véase 26.3.1).
    • Tienen la capacidad intelectual de comprender, hacer y guardar los convenios relacionados.

El obispo consulta con el miembro y, en los casos que corresponda, con los padres de este. También procura la guía del Espíritu y podría consultar con el presidente de estaca. Si fuera necesario, el presidente de estaca puede remitir preguntas a la Oficina de la Primera Presidencia (véase 38.2.4)”.

Templo de Los Olivos

El Templo de Los Olivos al atardecer. Imagen: La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días.

Tanto los líderes del sacerdocio como los padres deben meditar en estas cosa, también deben recordar que los niños y adultos que no tienen la capacidad intelectual para comprender lo que es la responsabilidad y rendir cuentas de estos convenios no están obligados a recibir ninguna ordenanza del templo.

Se encontrarían dentro de la ley que se describe en Doctrina y Convenios 29:46-50; como tal, “son redimidos desde la fundación del mundo, mediante mi Unigénito”.

Si necesitas más guía, conversa con tus líderes del sacerdocio, habla con ellos sobre lo que necesitas o deseas.

Permite que tu obispo, bajo la orientación del presidente de estaca, determine si tu hija necesita estas ordenanzas del templo.

Fuente: Askgramps

Video relacionado

También te puede interesar

Comentarios
Me gustaría compartir un mensaje super bueno. Pero le saludo desde Quito Ecuador.
Fernando Patricio Falconi Reyes

Deja Tu Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *