Nota: Este artículo se ha compartido con el permiso del autor y su versión original se puede encontrar en JoséSmithsPolygamy.org
En las últimas décadas, ha habido una gran cantidad de atención mediática centrada en los polígamos violentos como Ervil LeBaron y en las artimañas de líderes como Warren Jeffs.
Programas de televisión como “4 esposas, 1 Marido” o la serie “Big Love” han puesto a los polígamos modernos bajo los reflectores.
Quizás haya alrededor de ochenta mil polígamos en los Estados Unidos actualmente [en 2014], con aproximadamente la mitad afirmando que practica el matrimonio plural en base a lo descrito por José Smith.
Muchos de ellos se autodenominan, erróneamente, “fundamentalistas mormones”; sin embargo, esta no es una doctrina de La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días y sus miembros no practican la poligamia.
¿Es o no necesaria para la exaltación?
Como una respuesta más breve podemos decir que José Smith nunca enseñó, y que Dios nunca le reveló, que la poligamia fuera un requisito para la exaltación.
Muchos polígamos modernos e incluso algunos miembros de la Iglesia creen que José Smith y/o otros líderes de la Iglesia enseñaron que la exaltación requiere poligamia.
Por el contrario, la revelación sobre el matrimonio celestial y plural (Doctrina y Convenios 132) enseña que la ley y el convenio que deben obedecerse para evitar la condenación es el matrimonio eterno, no el matrimonio plural.
En términos simples y directos, los versículos 19 y 20 declaran que una pareja monógama digna, sellada por la autoridad de Dios, será exaltada y “serán dioses, porque tendrán todo poder”.
Las Escrituras demuestran que las uniones plurales pueden ser ordenadas, permitidas o no permitidas, según las circunstancias de los seguidores de Dios en la Tierra. Es importante destacar que la poligamia no autorizada no es un matrimonio celestial y crea relaciones adúlteras.
Al interpretar la importancia del Manifiesto de 1890 y otras revelaciones como las dadas en la década de 1880, la única opinión que importa es la de la “única” persona que tiene las llaves del sellamiento. Sin esa autorización, no se puede realizar ni validar ningún matrimonio plural.
Un análisis detallado de la revelación
Como una respuesta más detallada podemos decir que algunas personas concluyen que José Smith enseñó que el matrimonio plural es necesario para la exaltación.
Observan que las preguntas sobre la “pluralidad de esposas” fue lo que motivó la revelación sobre el matrimonio celestial y plural, ahora conocido como la Sección 132 de Doctrina y Convenios, y luego asumen que todo lo que esta revelación comprende trata sobre el matrimonio plural.
Esta observación es significativa porque los versículos del 4 al 6 afirman que el Señor revelará un “nuevo y sempiterno convenio” y que este convenio y “ley” deben obedecerse, o la consecuencia es la condenación:
“Porque he aquí, te revelo un nuevo y sempiterno convenio; y si no lo cumples, serás condenado, porque nadie puede rechazar este convenio y entrar en mi gloria.
Porque todos los que quieran recibir una bendición de mi mano han de obedecer la ley que fue decretada para tal bendición, así como sus condiciones, según fueron instituidas desde antes de la fundación del mundo.
Y en cuanto al nuevo y sempiterno convenio, se instituyó para la plenitud de mi gloria; y el que reciba la plenitud de ella deberá cumplir la ley, y la cumplirá, o será condenado, dice Dios el Señor”.
Algunos autores afirman que estos versículos ordenan universalmente la práctica del matrimonio plural y que cualquier cosa que no sea poligamia (es decir, la monogamia) traerá condenación; sin embargo, hay varios problemas con esta interpretación.
En primer lugar, en 1833, José Smith preguntó sobre el uso específico del tabaco durante las reuniones de la Iglesia. Como respuesta, recibió una revelación que consistía en una ley de salud general ahora llamada “Palabra de Sabiduría” (Doctrina y Convenios 89), que aborda el uso del tabaco en solo un versículo.
Por lo tanto, asumir que una pregunta sobre la poligamia no traería una revelación sobre un tema mucho más amplio y que mencione el matrimonio plural y no se limite a ello no tiene mucho sentido.
Las condiciones de la ley
También observamos que el versículo 7 de Doctrina y Convenios 132 presenta las “condiciones de dicha ley” que deben obedecerse, y el matrimonio plural no se encuentra en la lista:
“Y de cierto te digo que las condiciones de dicha ley son estas: Todos los convenios, contratos, vínculos, compromisos, juramentos, votos, prácticas, uniones, asociaciones o aspiraciones que no son hechos, ni concertados, ni sellados por el Santo Espíritu de la promesa, así por el tiempo como por toda la eternidad, mediante el que ha sido ungido, y eso también de la manera más santa, por revelación y mandamiento, por conducto de mi ungido, a quien he nombrado sobre la tierra para tener este poder (y he nombrado a mi siervo José para que tenga este poder en los últimos días, y nunca hay más de una persona a la vez sobre la tierra a quien se confieren este poder y las llaves de este sacerdocio), ninguna eficacia, virtud o fuerza tienen en la resurrección de los muertos, ni después; porque todo contrato que no se hace con este fin termina cuando mueren los hombres”.
Este versículo afirma de manera inequívoca que la importancia primordial radica en el uso de la autoridad adecuada en la realización de cualquier ceremonia de matrimonio y que “nunca hay más de una persona a la vez sobre la tierra” con este poder.
La “pluralidad de esposas” no es una “condición en esta ley”. La “ley” que se menciona en el versículo 6 debe ser obedecida es que la ceremonia se lleve a cabo por “el que ha sido ungido”, sino la persona será “condenada”.
Una revelación para aclarar cualquier duda
Los versículos posteriores en Doctrina y Convenios 132 prometen la exaltación a un matrimonio monógamo que es sellado por la autoridad apropiada y vive de manera digna.
“Y además, de cierto te digo, si un hombre se casa con una mujer por mi palabra, la cual es mi ley, y por el nuevo y sempiterno convenio, y les es sellado por el Santo Espíritu de la promesa, por conducto del que es ungido, a quien he otorgado este poder y las llaves de este sacerdocio, y se les dice: Saldréis en la primera resurrección, y si fuere después de la primera, en la siguiente resurrección, y heredaréis tronos, reinos, principados, potestades y dominios, toda altura y toda profundidad, entonces se escribirá en el Libro de la Vida del Cordero que no cometerán homicidio para derramar sangre inocente; y si cumplen mi convenio y no cometen homicidio, vertiendo sangre inocente, les será cumplido en todo cuanto mi siervo haya declarado sobre ellos, por el tiempo y por toda la eternidad; y estará en pleno vigor cuando ya no estén en el mundo; y los ángeles y los dioses que están allí les dejarán pasar a su exaltación y gloria en todas las cosas, según lo que haya sido sellado sobre su cabeza, y esta gloria será una plenitud y continuación de las simientes por siempre jamás.
Entonces serán dioses, porque no tendrán fin; por consiguiente, existirán de eternidad en eternidad, porque continuarán; entonces estarán sobre todo, porque todas las cosas les estarán sujetas. Entonces serán dioses, porque tendrán todo poder, y los ángeles estarán sujetos a ellos”.
No importa cómo deseen interpretar las personas la revelación de José Smith sobre el matrimonio celestial, esta declara claramente que la exaltación está disponible para parejas monógamas que están selladas por la autoridad adecuada y viven dignamente (Doctrina y Convenios 132:19–20).
Además, el versículo 61 afirma que si un hombre desea un matrimonio plural y la debida autoridad del sacerdocio está disponible para ello, entonces puede proceder si está debidamente autorizado. Por otro lado, no se menciona ningún castigo en ninguna parte de la revelación si es que un hombre no desea una segunda esposa.
Testimonios
Finalmente, no hay registro de que José Smith o cualquier otro líder del sacerdocio afirmó que todos los hombres exaltados son polígamos.
Durante los testimonios del Templo Lot, llevados a cabo en 1892, se le preguntó al Presidente Woodruff:
“¿Alguna vez José Smith le enseñó, ya sea en Nauvoo o en cualquier otro lugar durante su vida, que para que un hombre sea exaltado en la vida venidera, debe tener más de una esposa?”
Él respondió: “No sé si alguna vez lo escuché usar esa expresión o forma de hablar”.
De manera similar, cuando se le preguntó: “¿José Smith le enseñó que un hombre debe tener más de una esposa para ser exaltado?”
Bathsheba Smith, esposa plural de un apóstol, respondió: “Nunca he escuchado eso”.
Un tercer testimonio es el de Joseph C. Kingsbury, a quien se le preguntó si José Smith le enseñó “que un hombre no podía ser exaltado en la vida venidera a menos que tuviera más de una esposa”.
Kingsbury respondió: “No, señor, él no me enseñó eso. No dijo nada al respecto”. También recordó: “Escuché predicar desde el púlpito que un hombre podría ser exaltado en la eternidad con una esposa”.
Aunque la pregunta inicial de José Smith abordó la poligamia, es evidente que el “convenio” y la “ley” que deben obedecerse para evitar la “condenación” es el matrimonio eterno, no el matrimonio plural.
La amenaza de condenación en los versículos 4 y 6 está dirigida a personas que tienen la oportunidad de sellarse en un matrimonio eterno, pero eligen una unión civil u otra forma de matrimonio.
Están “condenados” en el sentido de que “permanecen [separados] y solitariamente, sin exaltación, en su estado de salvación, por toda la eternidad” (Doctrina y Convenios 132:17) y no están casados en la vida futura.
Para leer el artículo completo en inglés, visita JoséSmithsPolygamy.org.
Fuente: Third Hour